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dc.contributor.advisorGarcía Vanegas, David
dc.contributor.authorValderrama Gámez, Juliana Constanza
dc.contributor.authorRodríguez Poveda, Jeimy Alexandra
dc.contributor.authorMartín Zarate, Mónica Liliana
dc.date.accessioned2019-06-26T20:22:06Z
dc.date.available2019-06-26T20:22:06Z
dc.date.issued2016
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11396/4682
dc.descriptionLa contratación se desarrolla conforme a los principios rectores de la constitución Política y la Ley 80 de 1993, por lo que debe observar un estricto manejo en los recursos públicos sin importar el régimen de aplicación. Por lo que se buscó realizar una aproximación general a la aplicación de cláusulas o poderes excepcionales por parte de la administración como herramienta para salvaguardar el cumplimiento de los fines y su eficacia. La inclusión de cláusulas exorbitantes es ineludible para aquellos contratos celebrados por las entidades prestadoras de servicios públicos cuyo objeto es indispensable para la prestación del servicio público propiamente dicho. El ejercicio de las clausulas exorbitantes dentro de los contratos instrumentales, no son solo muestra de un poder desbordado y desequilibrado del frente al contratista, sino sin una herramienta efectivas que le permitan abordar situaciones que podría alterar la debida prestación del servicio, atentando contra la satisfacción de los fines del Estado y contra la correcta destinación de los bienes públicos. A través de las potestades excepcionales generales la Administración goza de prerrogativas que le permiten llevar a cabo el objeto del contrato celebrado, la dirección general del mismo, así como el control y la vigilancia de su ejecución, a fin de evitar la paralización o la afectación grave de los servicios públicos a su cargo y poder, así, asegurar la inmediata, continua y adecuada prestación de los mismos. Se garantiza de esta manera, el cumplimiento de los fines estatales que se desarrollan a través de la contratación estatal mediante el reconocimiento.spa
dc.language.isospa
dc.publisherUniversidad La Gran Colombiaspa
dc.subjectEntidad públicaspa
dc.subjectLey 80 de 1993spa
dc.subjectLey 1474 de 2011spa
dc.titleLos contratos o convenios interadministrativos es aplicable el artículo 86 de la ley 1474 de 2011 / Aplicabilidad del artículo 86 de la ley 1474 de 2011 a los contratos o convenios interadministrativosspa
dc.subject.lembRelaciones interorganizacionalesspa
dc.subject.lembContratos públicosspa
dc.subject.lembTérminos legales de contratospa
dc.subject.lembContratos públicos - Aspectos jurídicos - Colombiaspa
dc.subject.lembAdministración públicaspa
dc.publisher.departmentFacultad de Postgradosspa
dc.publisher.programEspecialización en Contratación estatalspa
dc.publisher.branchBogotáspa
dc.creator.degreeEspecialista en Derecho con énfasis en Contratación estatalspa


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