Castañeda Castañeda, Sandra MarcelaGarcía Cárdenas, Juan CamiloParra Aguirre, Jimmy Alberto2019-06-132019-06-132018http://hdl.handle.net/11396/4022Desde la entrada en vigor de la Ley 1801 de 2016, se modificaron las competencias de los Inspectores de Policía, una de estas es no ejercer funciones jurisdiccionales por comisión de los jueces, cuya interpretación ha desencadenado inconvenientes para la práctica de diligencias de embargo, secuestro y entrega de bienes, tareas que antes de la vigencia de la presente norma se realizaban por estos funcionarios públicos y ahora no se tiene certeza si las pueden seguir realizando. Diferentes corporaciones administrativas y judiciales se han pronunciado al respecto debido a que las diferentes alcaldías y entes descentralizados del orden territorial al aplicar la ley se encuentran en un limbo en el cual no saben que funcionario puede realizar la comisión; cada corporación se ha pronunciado de diferente manera, contrariándose, lo que conlleva a no tener claridad frente a la competencia de la ejecución de un despacho comisorio. El problema radica en la interpretación de diferentes actores que participan en la ejecución de un despacho comisorio judicial, por la falta de claridad conceptual uniforme en lo que se refiere a una función jurisdiccional. Es necesario tener un concepto que genere la interpretación uniforme de la norma a lo largo del territorio nacional se aplique de la misma manera, y no tener traumatismos en la administración de justicia.Since the entry into force of Law 1801 of 2016, the powers of the Police Inspectors have been modified, one of these is not to exercise judicial functions by commission of judges, whose interpretation has unchained inconveniences for the practice of seizure, kidnapping and delivery of goods, tasks that prior to the effectiveness of this rule were performed by these public officials and now there is no certainty that they can continue doing so. Different administrative and judicial corporations have pronounced themselves in this respect because the different mayorships and decentralized entities of the territorial order when applying the law are in a limbo in which they do not know which official can carry out the commission; each corporation has pronounced itself in a different way, contradicting itself, which leads to not having clarity in front of the competence of the execution of a judicial commission. The problem lies in the interpretation of different actors involved in the execution of a judicial commission, due to the lack of uniform conceptual clarity regarding a jurisdictional function. It is necessary to have a concept that generates the uniform interpretation of the norm throughout the national territory is applied in the same way, and not to have traumatisms in the administration of justice.application/pdfspaFunción administrativaDespacho comisorioInspector de policíaLos inspectores de policía frente a las comisiones ordenadas por los jueces de la república: un análisis a la aplicación de la ley 1801 de 2016bachelor thesisPoder de la policíaInterpretación del derechoLagunas del derechoCompetencia (Derecho)Poder judicialAdministrative functionPolice inspectorinfo:eu-repo/semantics/openAccess