Barragán Ronderos, Daniel AlfonsoMendez Ibata, Yessyka MayerlyFajardo Fajardo, Andrea Vivian2019-04-172019-04-17http://hdl.handle.net/11396/2715La presente investigación va orientada principalmente a establecer cuáles son las diferencias que existen entre los términos, inspección corporal y registro personal, a la vez que a la debida explicación individual de cada uno de los mencionados y cómo deben ser incluidos dentro de una investigación en un proceso penal, teniendo en cuenta las consideraciones de la Corte, doctrina pertinente y las Leyes que los consagra. En el transcurso de la investigación se analizará el principio de proporcionalidad, entre otros, en el sentido de que de llegar a una intervención corporal, sea considerado por el Juez de control de garantías, una medida pertinente y que cumpla con los parámetros ajustables y proporcionales en la búsqueda de evidencia física y material probatorio dentro de la investigación del hecho punible presuntamente cometido. Se abordará el tema de las autorizaciones que deberán acompañar las acciones de registro y de inspección solicitadas por la Fiscalía General de la Nación o sus delegados y de la Policía Judicial según sea el caso, pues para realizar las mencionadas se deberá tener la autorización del Juez de garantías, salvo en los casos de registro incidental. Las intervenciones corporales a la luz de la doctrina y la jurisprudencia pueden afectar una variedad de derechos fundamentales, según las modalidades de las mismas y su capacidad para invadir el cuerpo de los imputados, de las víctimas o de terceros relacionados con la investigación, de tal manera que se analizará en qué casos es Constitucional en el deber del Estado de garantizar la Justicia, violar algunos derechos fundamentales de las personas implicadas dentro de las investigaciones en los procesos penales, en la búsqueda de evidencia física que permita esclarecer y probar los hechos materia de investigaciónThis research is oriented mainly to establish what are the differences between the terms, physical inspection and personal record, while the proper individual explanation of each of the above and how they should be included in an investigation are criminal proceedings, taking into account the considerations of the Court, relevant doctrine and the laws that enshrines. In the course of the investigation the principle of proportionality be discussed, among others, in the sense that reaching a corporal intervention is considered by the judge guarantees control, a relevant measure complying with adjustable parameters and proportional in the search for physical evidence and material evidence in the investigation of the offense allegedly committed. the issue of authorizations which must accompany the actions of registration and inspection requested by the Attorney General's Office or its delegates and the Judicial Police as the case, as for the above must be authorized by the judge will be addressed guarantees, except in cases of incidental registration. Body interventions in the light of the doctrine and jurisprudence can affect a variety of fundamental rights, according to the terms thereof and their ability to invade the body of the accused, victims or third parties related to research, such so that will be discussed in which cases is constitutional in the state's duty to ensure justice, violating some fundamental rights of the persons involved in investigations in criminal proceedings, in the search for physical evidence to clarify and test the material facts researchapplication/pdfspaInspección CorporalRegistro PersonalDignidad HumanaVíctimaConstitucionalidadInspección corporal y registro personal en proceso penalbachelor thesisVictimasControl de constitucionalidadDignidadAbierto (Texto Completo)info:eu-repo/semantics/openAccess