Paternina Arroyo, Freddy MiguelTovar Rubiano, Derly Hasblady2019-07-042019-07-042014http://hdl.handle.net/11396/5074La conciliación es un sistema de solución de controversias tan antiguo para la humanidad, ya que desde sus orígenes el hombre ha tenido desacuerdos con sus semejantes, pero como ser social y racional ha trascendido del conflicto, y ha buscado solución de forma voluntaria y directa, mediante la intervención de terceros neutrales, a los cuales podemos denominar, conciliadores. En Colombia la conciliación penal ha sido tratada mediante una regulación especial diferente a la establecida para las demás ramas del derecho, dada la particularidad que entraña la naturaleza de la acción, que no solo involucra intereses de tipo privado, como en otras ramas del derecho, sino también de carácter público, es decir, que representa una importancia especial para la comunidad en general, dado el tipo de conflicto que la origina y las consecuencias que tiene frente a derechos fundamentales de las personas, aunque la conciliación ya era aplicada antes del acto legislativo 03 de 2002, ha venido reformándose al introducir la Justicia Restaurativa, involucrándolo definitivamente como alternativa principalísima dentro del nuevo concepto de justicia. El objetivo de la conciliación, está determinado por el conflicto que trata de resolver, serán conciliables todos los delitos entendidos como querellables, iniciado por la parte afectada querellante en contra de un querellado, quienes cuando se trate de conciliación preprocesal, deben acudir a la audiencia respectiva, bien ante el fiscal que deberá citarlos para tal fin, o bien ante los centros de conciliación reconocidos o ante el conciliador habilitado como tal.Mediation is a dispute resolution system as old for humanity, from its origins as man has had disagreements with peers, but as a social and rational has transcended the conflict and solution sought voluntary and direct, through the intervention of a neutral third party, to which we may call conciliators. In Colombia the penal settlement has been treated by a special regulation different from that established for other areas of law, given the peculiarity inherent nature of the action, which not only involves private interest rate, as in other areas of law, but also public, ie, that represents a special importance to the community at large, given the kind of conflict that causes and consequences against fundamental rights of persons, although the settlement was already in place before the act 03 legislative 2002 has been reformed to introduce restorative justice, involving them as paramount definitely alternative within the new concept of justice. The objective of reconciliation, is determined by the conflict is resolved, will reconcile all offenses understood as querellables initiated by the affected party plaintiff against a defendant who in the case of pre-trial settlement, must attend the respective hearing either before the prosecutor must cite them for that purpose, or at recognized centers before the conciliator or conciliation qualified as such.spaConciliaciónDerecho penalAceptación de la conciliación penal en ColombiaDerecho penal - Legislación - ColombiaConciliación (Procedimiento civil)Procedimiento civil