Mazuera Ayala, PaulaLeón Wintaco, Yuly Astrid2022-07-252022-07-252022http://hdl.handle.net/11396/7323Teniendo en cuenta que los recursos naturales renovables son objeto de conservación, control y vigilancia por parte de las Corporación Autónomas Regionales, debido a su gran importancia nacional e internacional, el Estado Colombiano ha reglamentado su uso y aprovechamiento sostenible, con la finalidad de conservar el medio ambiente y los recursos naturales. Por tal motivo, aquellas entidades públicas que infrinjan la normatividad ambiental en aquellos procesos contractuales relacionados con la construcción de obras civiles para el servicio público de acueducto, pueden ser objeto de las sanciones administrativas de carácter ambiental, que generalmente consiste en la imposición de en multas económicas, sin perjuicio de la imposición de ciertas medidas preventivas de parte de las mismas autoridades, o de la imposición de las medidas cautelares provenientes de las acciones populares decretadas por jueces, las cuales pueden conllevar desde la suspensión inmediata de las obras ejecutados por los contratistas hasta la demolición de las obras construidas, sin perjuicio de la responsabilidad penal y disciplinaria de la que pueden verse inmersos los servidores públicos que omitan dichos permisos en los procesos contractuales que adelantan en el desempeño de sus funciones púbicas.spaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternationalAdministración públicaServidor públicoServicios públicosPrincipio de planeaciónConsecuencias jurídicas derivadas de la omisión de permisos ambientales en los contratos relacionados con la construcción de obras públicas para el servicio de acueducto municipalProtección del medio ambiente - Participación ciudadanaProtección del paisajeAguas subterráneas - LegislaciónPrincipio de precaución