Barragán Ferro, Diego DavidRomero Tapia, Mauro Francisco2024-11-142024-11-142024https://hdl.handle.net/11396/8483En este trabajo se establece un compilado de preliminares compuesto por los capítulos I y II, referentes al Congreso de la República y su función de legislador; así mismo, con las funciones de constituyente derivado y los límites al poder de reforma que le corresponden en virtud de tal función; así mismo, en el capítulo II se explica el control de constitucionalidad desde la perspectiva funcional, pero también desde el punto de vista fenomenológico que sobre el particular ha realizado la doctrina, la academia y la jurisprudencia; sin estos capítulos no se entendería el capítulo III. En el tercer capítulo se explica a partir de disertaciones jurisprudenciales, el modelo de interpretación SUI GENERIS que ocurre cuando la Corte Constitucional entra a evaluar los actos derivados del poder de reforma, y los vicios materiales y procedimentales que ocurren en punto de las funciones del legislador que le son propias al Congreso de la República, o al ejecutivo en razón de funciones excepcionales; de ahí surge la teoría de los vicios de constitucionalidad, sus características y su evolución, advirtiendo desde ya que resulta confusa esta teoría en tanto que es la misma Corte la que en ocasiones se contradice y sobrepone unos vicios con otros, pues como la misma Corte advierte, se trata de un “proceso en construcción”. Pero no obsta para manifestar mi admiración hacia la Corte Constitucional, pues el trabajo ha sido grande, discursivo, y profundamente introspectivo, ganándose el derecho de ser la SUPREMA GUARDIAN de la Constitución, pues esta teoría jurisprudencial tiene como fin único el de protegerla.This paper establishes a compilation of preliminaries composed of chapters I and II, referring to the Congress of the Republic and its function as legislator; likewise, with the functions of a derived constituent and the limits to the power of reform that correspond to it by virtue of such function; Likewise, Chapter II explains the control of constitutionality from the functional perspective, but also from the phenomenological point of view that the doctrin has carried out on the subject by doctrine, academia and jurisprudence; without these chapters, chapter III would not be understood. The third chapter explains, based on jurisprudential dissertations, the SUI GENERIS model of interpretation that occurs when the Constitutional Court evaluates the acts derived from the power of reform, and the material and procedural defects that occur in the functions of the legislator that are proper to the Congress of the Republic. Or to the executive by reason of exceptional functions; Hence the theory of constitutional defects, their characteristics and their evolution, warning from the outset that this theory is confusing insofar as it is the Court itself that sometimes contradicts itself and superimposes some vices with others, because as the Court itself warns, it is a "process under construction". But it does not prevent me from expressing my admiration for the Constitutional Court, since the work has been great, discursive, and profoundly introspective, earning the right to be the SUPREME GUARDIAN of the Constitution, since this jurisprudential theory has the sole purpose of protecting it.spaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternationalDerecho constitucionalVicios de constitucionalidad en Colombiamaster thesisCorte Suprema de JusticiaControl de constitucionalidadCorte ConstitucionalVicios constitucionalesVicios de procedimientoVicios de trámiteVicios de competenciaSustitución de la constituciónVicios formaleshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2