García Vanegas, DavidAsprilla Mosquera, Angie TatianaGómez Torres, JohnGonzález Rosas, Ceydi Jasmín2019-06-122019-06-122017http://hdl.handle.net/11396/3958Los perjuicios morales están catalogados como daños no cuantificables que se deben indemnizar según criterios del Consejo de Estado, estos conceptos nacen de las líneas consanguíneas y terceros interesados que como víctimas se acrediten dentro del proceso de reparación directa, hecho que pone en desigualdad de condiciones jurídicas aquellos terceros que sufren daños morales dentro de los mismos hechos y que por ende se ocasiona una afectación igual o mayor a las de los sujetos que se encuentran en las primeras categorías establecidas dentro del acuerdo "Acta del 28 de agosto de 2014".application/pdfspaFalsos positivosDaño subjetivo inmaterialReparación directaReparación integralConsejo de EstadoCriterios del Consejo de Estado para establecer las indemnizaciones a causa de los perjuicios morales en los casos denominados falsos positivosbachelor thesisFalsos positivos (Conflicto armado) - ColombiaConsejos consultivos del poder ejecutivoIndemnización por daños de guerra - ColombiaDaños y perjuiciosinfo:eu-repo/semantics/openAccess