Barragán Ronderos, Daniel AlfonsoCediel Cardoso, MónicaMartínez Martínez, Tatiana2019-06-272019-06-272015http://hdl.handle.net/11396/4768Se tiene como primera base que la mujer trabajadora en estado de embarazado por este solo hecho está protegida por la constitución, si se encuentra en circunstancias de debilidad manifiesta, discriminada o rechazada y por tanto participa de varios de los elemento de la constitución que ha prescrito para garantizar el derecho a la igualdad. (CP, articulo 13). Frente a ello, la corte constitucional ha otorgado por vía de tutela una especial protección a la mujer trabajadora en estado de embarazo, creando lo que se conoce como estabilidad laboral reforzada de la mujer embarazada. En ese contexto, los derechos reconocidos constitucional y legalmente en favor de la mujer embarazada deben ser efectivos a través de la interpretación y de la aplicación de los mismos, pues el respeto por el aparataje institucional no puede llegar a negarlos y menos aún anularlos. En este mismo orden de ideas, la normatividad vigente exige a los jueces, como autoridades públicas vinculadas a la ley, la defensa de los derechos de la mujer embarazada, buscando el máximo grado de efectividad de los mismos.spaEstabilidad laboral reforzadaLicencia de maternidadFuero de maternidadDespido sin justa causa de mujer trabajadora en estado de embarazoDerecho laboral - Legislación - ColombiaLicencias por maternidad - LegislaciónDerechos de los empleadosTrabajo de la mujerDespido de empleados