Moreno Moreno, Luis AgapitoCorredor, ReinaldaBenavides Téllez, AndreaGarzón Chacón, Andrea Lizeth2019-06-272019-06-272015http://hdl.handle.net/11396/4763La problemática abordada está comprendida en la pregunta ¿Cómo se puede agilizar la aplicación de los artículos 12 y 14 de la Ley 1561 de 2012, de manera que se sustituya el procedimiento actual por uno diligente? Esta Ley establece proceso verbal especial para otorgar título de propiedad al poseedor material de inmuebles urbanos y rurales y sanear títulos de falsa tradición. Dichos artículos ordenan previo a la calificación de la demanda, el juez consulte la información administrada por las seis entidades públicas allí indicadas; proferido el auto admisorio se le informe a estas entidades la existencia del proceso para que hagan las declaraciones a que hubiere lugar, y se instale una valla con dimensiones y tamaño de letra específicos, la cual debe permanecer en el inmueble hasta la diligencia de inspección judicial. La información requerida no es enviada o solo de manera parcial, situación que limita seguir adelante con el proceso, concluyendo que ésta obligación, le quita celeridad al trámite, e imposibilita dictar la sentencia en los seis meses establecidos en la misma Ley. Por lo tanto, como respuesta al objetivo del trabajo se sugiere, que el juez constate la información que considere necesario para el caso específico, y en los demás asuntos, con los planos, actas, certificaciones y certificado de tradición allegados con la demanda, aunado con la inspección judicial y el emplazamiento de las personas que se crean con derechos, serán prueba suficiente de la identificación, situación jurídica, social, económica, uso y destinación del inmueble.The problem addressed is included in the question ¿ How can expedite the application of the articles 12 and 14 of law 1561 of 2012 so that the current procedure is replaced by one diligent? This law establishes special verbal process for granting title to the material holder of urban and rural properties and clean titles false tradition. These items ordered pre-qualification demand, the judge refer to the information managed by the six public institutions there indicated; uttered the car admisorio these entities to report the existence of the process to make statements that might arise, and a fence with specific dimensions and font size, which should remain in the property until the judicial inspection is installed. The required information is not sent or only partially, which limits continue the process, concluding that this obligation, takes expedite the process, and precludes sentencing in the six months set out in the act. Therefore in response to the objective of the paper it suggests that the judge finds the information it deems necessary for the specific case and in other matters, with plans, records, certificates, certificate of tradition associates with demand, coupled with the judicial inspection and location of the people who are created with rights shall be sufficient proof of identification legal, social, economic status, use and disposal of the property.spaProceso verbal especialSentenciaEl complejo tramite establecido en los artículos 12 y 14 del proceso verbal especial consagrado en la ley 1561 de 2012 dificulta el cumplimiento del termino de duración del procesoEvidencia (Derecho)Administración de justicia penal