Garzón Buenaventura, Edgar FabíanRamírez Mesa, Luz AdrianaDíaz Zamora, María Jimena2025-09-192025-09-192025https://hdl.handle.net/11396/8893Para contextualizar esta investigación, partimos de un análisis del estado del arte, en el cual se identificaron varios ejes temáticos que configuran el debate académico y jurisprudencial sobre los estándares probatorios y el debido proceso en el procedimiento disciplinario, a la luz del artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En primer lugar, se examina el debido proceso como pilar fundamental del procedimiento sancionatorio. En esta línea, trabajos como el de Balcázar-Chuquipiondo (2024) y Robles-Pagador y Ventura-González (2024) evidencian cómo la falta de claridad en la motivación de las decisiones disciplinarias, así como la incorporación acrítica de pruebas obtenidas en etapas previas, vulneran garantías básicas del investigado. Además, la reflexión sobre el uso de pruebas ilícitas, especialmente en procedimientos donde no opera la lógica adversarial estricta, ha sido desarrollada por Olivos Portugal y Roby (2020). Estas autoras destacan que excluir pruebas obtenidas en contravención de derechos fundamentales no solo garantiza el debido proceso, sino que se convierte en una herramienta eficaz para prevenir prácticas autoritarias como la tortura o la coacción. En segundo lugar, el control de convencionalidad aparece como una herramienta interpretativa imprescindible. Aquí destaco el trabajo de César Ayala (2013), quien explica cómo este control no se agota en las altas cortes, sino que es una exigencia para todas las autoridades del Estado, incluso las administrativas. Esta perspectiva se refuerza en el enfoque de Paola Andrea Acosta (2015), quien desarrolla el concepto de constitucionalismo multinivel y afirma que los operadores jurídicos deben participar activamente en un diálogo judicial que integre los estándares del sistema interamericano en la interpretación interna. En el ámbito probatorio, se advierte una tensión entre la sana crítica como principio y su aplicación concreta. Así lo analiza Rodrigo Coloma (2012), quien se pregunta si realmente importa la sana crítica cuando las decisiones se adoptan sin fundamentos racionales suficientes, especialmente en contextos disciplinarios. Esta crítica resulta pertinente para revisar cómo se valoran las pruebas provenientes de actuaciones previas al proceso formal. En tercer lugar, desde una visión latinoamericana comparada, se resalta la investigación de Díaz García y Urzúa Gacitúa (2018), quienes denuncian cómo en Chile el procedimiento disciplinario adolece de garantías básicas, situación que permite establecer paralelismos con Colombia, donde, pese a los avances normativos de la Ley 1952 de 2019 y su modificación por la Ley 2094 de 2021, persisten déficits estructurales que afectan la contradicción, la motivación y la publicidad de las decisiones, como también lo expone Hernández Villamizar et al. (2020). Finalmente, los aportes de Luis Mora (2009) y Rodríguez (2023) permiten observar cómo el derecho disciplinario colombiano ha sido entendido tradicionalmente desde una lógica correctiva o represiva, en lugar de una lógica preventiva y garantista. En este sentido, Sergio Mondragón (2020) plantea la necesidad de someter el poder disciplinario a un control judicial más riguroso, como mecanismo de contención frente a decisiones que pueden limitar derechos fundamentales. En conclusión, tenemos que el estado del arte evidencia un panorama complejo en el que coexisten esfuerzos normativos e interpretativos por armonizar el procedimiento disciplinario colombiano con los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Sin embargo, a partir del análisis realizado, se constató que los estándares probatorios desarrollados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos no mantienen un diálogo constante, coherente ni sistemático con el ordenamiento jurídico colombiano.spaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internationalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Derechos humanosResponsabilidad del estadoEstándares de prueba de la corte IDH en procesos disciplinarios y su aplicación en ColombiaIdentificar cuál es el procedimiento, conforme a los estándares del artículo 8 de la CADH, para incorporar las pruebas obtenidas en una actuación de trámite en el marco del proceso disciplinario colombianomaster thesisEstándares de pruebaCorte Internacional de Derechos HumanosProcesos disciplinarioshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2