González Buitrago, José IgnacioArroyo Pedraza, Jorge EnriqueContreras Plata, John Alexander2019-06-102019-06-102016http://hdl.handle.net/11396/3796Teniendo en cuenta que como ciudadanos tememos el derecho constitucional y fundamental a ser escuchados por las autoridades de manera respetuosa, pero de esa misma manera tener una resolución a lo solicitado, lo cual no quiere decir esta deba ser favorable pero si debe tener una decisión de fondo, clara y precisa, esta necesidad no se ve satisfecha con el silencio administrativo a necesidad de una respuesta, por ende no resuelve el derecho de petición. Aunque hay mecanismo para que se pueda obtener una repuesta como la acción de tutela o un nuevo derecho de petición, esto desgasta al peticionario y hace gastar tiempo en lo que una consulta puede ser contestada, ese es el mayor problema que se puede ver en la figura del silencio administrativo, ya sea negativo o positivo, de ninguna manera las entidades lo podrán tomar como defensa judicial. Este trabajo de investigación interesara a la comunidad en general, puesto que permitirá que los Administrados obtengan una respuesta ya sea favorable o desfavorable, frente a las inquietudes planteadas en sede administrativa, evitando la arbitrariedad y el abuso del órgano estatal, claramente estipulado por el artículo 23 de la Constitución Nacional.application/pdfspaSilencio administrativoAcción de tutelaVía de hechoDerecho comparadoEfectos del silencio administrativo negativo frente a la vulneración del derecho de peticiónbachelor thesisActos administrativosProcedimiento administrativoDerecho de peticiónAcción de tutelainfo:eu-repo/semantics/openAccess