Figueredo Medina, GerardoHerrera León, María AlejandraSánchez Casadiego, Lina Vanessa2023-06-232023-06-232023-06-15http://hdl.handle.net/11396/7754En el presente documento se revisan las diversas herramientas que tienen en la actualidad los usuarios de telefonía celular, para llevar a cabo la mejor elección a la hora de cumplir con los preceptos dados por la definición de lo que es ser un consumidor, y cómo este puede potencializar su bienestar en el marco de la regulación del acceso y uso de los servicios móviles de telefonía móvil, especialmente en lo atinente al deber de información y libre escogencia del oferente de telefonía móvil. En materia contractual, hay zonas grises que surgen ya sea por ignorancia del consumidor o por acción u omisión de la empresa y es en estos momentos donde se es necesaria la presencia de los reguladores, pues estos dan solución a través de sus pronunciamientos, respecto de las problemáticas. Por lo anterior, se hace presente el deber de información, pues este es un deber constitucional, con el cual cuentan los usuarios para el respeto de su derecho al consumo, siendo así una obligación para las empresas. No obstante este es un deber que en la realidad empieza a aplicarse de manera parcial; teniendo como resultado que las empresas no asuman completamente la obligación de presentar una información más allá de lo estrictamente necesario, como lo son algunos casos de ciertas empresas que realizan actos que permiten visualizar como el deber de información no se ve satisfecho, por ello no se puede ejercer adecuadamente la libre escogencia del consumidor, siendo limitada la información para realizar esa correcta y libre elección del oferente. Tomando como partida lo que se ha dicho, sobre este tema desarrollado se plantea el siguiente interrogante, ¿Cuál es el alcance efectivo del deber de información de las empresas de telefonía celular en Colombia, como elemento determinante de la libre escogencia del oferente? Para ello el presente documento i) identifica el contenido del deber de información en las sentencias C-830 del 2010 y C-592 del 2012 y el derecho a la libre escogencia del consumidor, en materia de Operadores de Telefonía. ii) caracteriza a partir de las resoluciones de la SIC relacionadas a la libre escogencia del consumidor, si se establecen medidas por parte de los operadores de telefonía celular que visibilicen el deber de información en la vía administrativa y su impacto en el cumplimiento del mismo, en la elección del consumidor. iii) recomienda el clausulado tipo general de manera íntegra por parte de la CRC para la materialización del deber de información y lo que respecta a la libre escogencia.spaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternationalTelefonía móvilOperador de telefonía móvilConsumidoresProtección del consumidorEl deber de información en la libre escogencia del oferente de telefonía celular en ColombiaCell phone systemsCell phone systems operatorConsumersConsumer protection