Los contratos o convenios interadministrativos es aplicable el artículo 86 de la ley 1474 de 2011 / Aplicabilidad del artículo 86 de la ley 1474 de 2011 a los contratos o convenios interadministrativos
dc.contributor.advisor | García Vanegas, David | |
dc.contributor.author | Valderrama Gámez, Juliana Constanza | |
dc.contributor.author | Rodríguez Poveda, Jeimy Alexandra | |
dc.contributor.author | Martín Zarate, Mónica Liliana | |
dc.creator.degree | Especialista en Derecho con énfasis en Contratación estatal | spa |
dc.date.accessioned | 2019-06-26T20:22:06Z | |
dc.date.available | 2019-06-26T20:22:06Z | |
dc.date.issued | 2016 | |
dc.description | La contratación se desarrolla conforme a los principios rectores de la constitución Política y la Ley 80 de 1993, por lo que debe observar un estricto manejo en los recursos públicos sin importar el régimen de aplicación. Por lo que se buscó realizar una aproximación general a la aplicación de cláusulas o poderes excepcionales por parte de la administración como herramienta para salvaguardar el cumplimiento de los fines y su eficacia. La inclusión de cláusulas exorbitantes es ineludible para aquellos contratos celebrados por las entidades prestadoras de servicios públicos cuyo objeto es indispensable para la prestación del servicio público propiamente dicho. El ejercicio de las clausulas exorbitantes dentro de los contratos instrumentales, no son solo muestra de un poder desbordado y desequilibrado del frente al contratista, sino sin una herramienta efectivas que le permitan abordar situaciones que podría alterar la debida prestación del servicio, atentando contra la satisfacción de los fines del Estado y contra la correcta destinación de los bienes públicos. A través de las potestades excepcionales generales la Administración goza de prerrogativas que le permiten llevar a cabo el objeto del contrato celebrado, la dirección general del mismo, así como el control y la vigilancia de su ejecución, a fin de evitar la paralización o la afectación grave de los servicios públicos a su cargo y poder, así, asegurar la inmediata, continua y adecuada prestación de los mismos. Se garantiza de esta manera, el cumplimiento de los fines estatales que se desarrollan a través de la contratación estatal mediante el reconocimiento. | spa |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/11396/4682 | |
dc.language.iso | spa | |
dc.publisher | Universidad La Gran Colombia | spa |
dc.publisher.branch | Bogotá | spa |
dc.publisher.department | Facultad de Postgrados | spa |
dc.publisher.program | Especialización en Contratación estatal | spa |
dc.subject | Entidad pública | spa |
dc.subject | Ley 80 de 1993 | spa |
dc.subject | Ley 1474 de 2011 | spa |
dc.subject.lemb | Relaciones interorganizacionales | spa |
dc.subject.lemb | Contratos públicos | spa |
dc.subject.lemb | Términos legales de contrato | spa |
dc.subject.lemb | Contratos públicos - Aspectos jurídicos - Colombia | spa |
dc.subject.lemb | Administración pública | spa |
dc.title | Los contratos o convenios interadministrativos es aplicable el artículo 86 de la ley 1474 de 2011 / Aplicabilidad del artículo 86 de la ley 1474 de 2011 a los contratos o convenios interadministrativos | spa |
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