Principios constitucionales y legales que fundamentan la consulta previa
dc.contributor.advisor | García Vanegas, David | |
dc.contributor.author | Mayorga Roncancio, Camilo Alfonso | |
dc.contributor.author | Alarcón Garzón, Carlos José | |
dc.creator.degree | Especialista en Derecho con énfasis en Contratación estatal | spa |
dc.date.accessioned | 2019-06-26T15:03:31Z | |
dc.date.available | 2019-06-26T15:03:31Z | |
dc.date.issued | 2015 | |
dc.description | A raíz del convenio 169 de la OIT, el cual toca el tema de los principales derechos de las comunidades indígenas, o tribales, específicamente comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y ROM, a ser consultados a través de unos procedimientos establecidos, a través de sus instituciones representativas, es decir, a que se les incluyan dentro de las decisiones de las administraciones públicas, procedimientos que deben efectuarse de buena fe y acordes a las circunstancias que conllevan a determinada situación. Ahora bien, partiendo de la premisa que Colombia con la promulgación de la Constitución Política de 1991, se estableció como un Estado Social de Derecho, como una república democrática, participativa y pluralista, tiene como hito la prevalencia del interés general, razón por la cual al ser un estado garante de derechos, debe facilitar la participación de todos en las decisiones que puedan afectar a la ciudadanía de una forma u otra. De igual manera el estado propende por la protección de la diversidad étnica, así como de las riquezas culturales y naturales de la nación, lo cual conlleva a dar cierto estatus a las lenguas y dialectos de los grupos étnicos ubicados en el territorio nacional, los cuales son oficiales en cada uno de sus territorios. Así las cosas, la Constitución Política de Colombia propende por la participación democrática de cada una de las estructuras generadas en las comunidades indígenas o tribales, razón por la cual es importante determinar cuál ha sido el desarrollo normativo y jurisprudencial que se ha dado en materia de consulta previa dentro del territorio Colombiano, y cuál ha sido la manera de hacer efectivo el derecho a la consulta previa por el gobierno nacional. La línea de investigación a seguir es la de Derecho Constitucional, Administración de justicia y Bloque de constitucionalidad del programa de investigaciones de la Universidad la Gran Colombia. | spa |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/11396/4632 | |
dc.language.iso | spa | |
dc.publisher | Universidad La Gran Colombia | spa |
dc.publisher.branch | Bogotá | spa |
dc.publisher.department | Facultad de Postgrados | spa |
dc.publisher.program | Especialización en Contratación estatal | spa |
dc.subject | Consulta previa | spa |
dc.subject | Consentimiento libre e informado | spa |
dc.subject | Comunidad étnica | spa |
dc.subject | Derecho fundamental | spa |
dc.subject | Contrato de obra pública | spa |
dc.subject | Mecanismo de participación | spa |
dc.subject | Diversidad étnica y cultural | spa |
dc.subject.lemb | Contratos públicos - Aspectos jurídicos - Colombia | spa |
dc.subject.lemb | Contratos públicos - Aspectos constitucionales - Colombia | spa |
dc.subject.lemb | Grupos étnicos - Participación ciudadana - Colombia | spa |
dc.title | Principios constitucionales y legales que fundamentan la consulta previa | spa |
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