Régimen de los contratos de infraestructura en Colombia: distribución del riesgo en las asociaciones público privadas
Fecha
2015Autor
Barrera Barón, Fabio
Pardo Hernández, Tomás
Ramírez Gómez, Carlos Augusto
Rincón Espitia, Nubia Cristina
Título obtenido
Especialista en Derecho Administrativo
Director de tesis
Pérez Ferro, Luis CarlosPublicador
Universidad La Gran Colombia
Facultad
Facultad de Postgrados
Programa
Especialización en Derecho Administrativo
Citación
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Palabras clave
Asociaciones público privadas (APP)Contratación estatal
Distribución del riesgo
Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES)
Contratista
Contratos de construcción
Contratos de ingeniería
Términos legales de contrato
Obras públicas - Legislación - Colombia
Infraestructura (Economía)
Contratos públicos - Aspectos jurídicos - Colombia
Riesgo (Economía)
Resumen
La presente investigación surgió como motivación a la comparación internacional que existe en términos de la utilización de la figura de las Asociaciones Publico Privadas en países extranjeros con respecto a Colombia, así como el manejo que se le da en países latinos donde se implementó especialmente en infraestructura y en servicios públicos; nos interesó conocer más de la figura legal y económica de las APP, su auge internacional y su contribución a la evolución de un país, revisando la norma y así poder comprender la razón por la cual el Estado Colombiano, no ha promovido diversos proyectos que se requieren para la evolución de la infraestructura y optimización de los recursos. El objeto central de ésta investigación fue analizar el modelo de contratación de las Asociaciones Público Privadas, para lograr comprender el motivo por el cual no han funcionado en el Estado Colombiano, pese a que fueron creadas para que con su implementación se otorgue un beneficio a la comunidad en general, al trasladar el capital del sector privado a inversión en el sector público, obteniendo de este modo, un retorno en infraestructura, salud y en distintos servicios públicos necesarios para la sociedad, pero que en la aplicación de éste modelo, dicha figura se ha convertido en un problema para el inversionista nacional como extranjero en la Contratación Estatal en cuanto a se refiere a la distribución del riesgo.