Vigencia de la Ordenanza Departamental 13 de 1947 dentro del marco de la Constitución Política de 1991

Date
2014Author
Triana Lozada, Karla Stephany
Paez Portillo, Liliana Marcela
Rocha Bernal, Yessica Jacqueline
Título obtenido
Especialista Derecho Administrativo
Director de tesis
González Buitrago, José IgnacioPublicador
Universidad La Gran Colombia
Facultad
Postgrados
Programa
Especialización Derecho Administrativo
Citación
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Palabras clave
EmolumentosPrincipio del no menoscabo
Sobresueldo
Funcionarios públicos - Sueldos, pensiones, etc. - Cundinamarca (Colombia)
Derecho laboral - Colombia
Derecho laboral - Jurisprudencia - Cundinamarca (Colombia)
Metadata
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Jurídicamente se pretende estudiar, si con la expedición de la Constitución Política de 1991, la Ordenanza 13 de 1947 emitida por la Asamblea de Cundinamarca se encuentra vigente y si en la actualidad le es aplicable a los funcionarios públicos del nivel central de la Gobernación de Cundinamarca. Con este trabajo de investigación se pretende dar fuerza jurídica al principio de presunción de legalidad y favorabilidad respecto de los derechos adquiridos por los funcionarios públicos del nivel central de la Gobernación de Cundinamarca, a quienes se les ha venido aplicando el reconocimiento del 20% de sobresueldo posterior a la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1991.